No hace muchos días les hablé de la rivalidad entre Villasuso y Villayuso. Hoy nuevamente traigo una escritura de poder para poder continuar un procedimiento ante la justicia por acusación criminal.
Nuevamente se ven implicados vecinos de Villasuso y Villayuso. Esta vez los palos también los llevó "puestos" un vecino de Villasuso, además de algunos de Villayuso. Pero de nuevo fueron los de Villasuso los que dieron los palos y los de Villayuso los que los recibieron, aunque esta vez les acompañó el vecino de Villasuso.
Manuel Sáiz Quijano, vecino de Villasuso firma una escritura de poder a favor de su primo, llamado también Manuel Sáiz Quijano, vecino de Villayuso. Manuel, el vecino de Villasuso, tiene necesidad de hacer un viaje a Andalucía. Es posible que Manuel estuviese trabajando en algún lugar de Andalucía, como tantos otros del mismo pueblo de Cieza y de otros muchos pueblos de Cantabria.
Eran estos cántabros emigrantes a Andalucía y allí solían trabajar, muchos de ellos como dependientes en el comercio de ultramarinos o en otros establecimientos, propiedad muchas veces de otros "montañeses" pues así se les llamaba en Andalucía a los cántabros que allí emigraban, aunque aquí, en nuestra tierra, se les llamaba de otra forma, eran los famosos "jándalos".
Los dos nombres tienen su explicación; en Andalucía eran los "montañeses" porque procedían de la Montaña pues así se denominaba hasta hace poco tiempo y aún se oye llamar a nuestra tierra. Aquí se les llamaba los "jándalos" porque habían emigrado a "Jandalucía" pues algunos volvían a Cantabria hablado el "jandaluz".
Como digo, Manuel Sáiz Quijano tenía necesidad de hacer ese viaje a Andalucía pero quería que su primo asistiera a la prosecución de la acusación criminal que por querella había puesto, junto con Alejandro Sáiz Quijano y Agustín González naturales de Villayuso, contra Antonio Fernández Castañeda y consortes, por los «golpes y malos tratamientos que nos dieron la noche del día beinte y tres de enero».
Al parecer la noche del 23 de enero de 1788, entre Antonio Fernández Castañeda y otros vecinos de Villasuso, habían dado unos buenos palos a dos vecinos de Villayuso, Alejandro Sáiz Quijano y Agustín González junto a Manuel Sáiz Quijano que era el vecino de Villasuso y primo también de Alejandro.
Alejandro Sáiz como antepasado mío que fue, sé que había nacido en 1760 y había sido confirmado el 16 de septiembre de 1764 y por tanto el día de la pelea tenía 27 ó 28 años. Alejandro y su primo Manuel eran jóvenes y supongo que todos los demás participantes en la pelea. Serían todos de una edad parecida, aunque la escritura de poder no lo dice.
Fuente documental manuscrita:
Documentos originales depositados en el Archivo Histórico Provincial de Cantabria. Protocolos notariales de Pedro de Tezanos, escribano y notario del Valle de Cieza.
Signatura: Legajo 2.993. Cuadernillo 5. Documentos nº 45.
Veinte maravedís. Sello qvarto, veinte maravedís, año de mil setecientos y ochenta y ocho.
Manuel Sáiz Quijano becino del lugar de Billasuso deste balle, digo, que junto con Alejandro Sáiz y Agustín González, naturales de el lugar de Billayuso, puse querella y acusazión criminal contra Antonio Fernández Castañeda y consortes, mi conbecino y otros naturales del dicho de Billasuso, por los golpes y malos tratamientos que nos dieron la noche del día beinte y tres de enero, más prósimo pasado del presente año, cuya acusación criminal emos estado sigiendo contra los querellados en este juzgado y oficio del presente escribano, de forma que sea la instancia recebida a prueba común, pero es el caso que estoy prezisando azer biaje en el día de oy, o en el de mañana a tierra de Andalucía, con cuyo motibo no puedo asistir a la prosecuzión de la causa y para que por este motibo no calme y sí aya quien la prosiga, asta definitiva sentencia, y que los reos se les ynponga el condinno castigo que les sirba de escarmiento y a otros de exenplo, otorgo que doy todo mi poder cunplido, tan bastante, como de derecho se requiere, con ratificazión que ago de lo obrado asta aquí, a Manuel Sáiz Quijano mi primo y becino de dicho lugar de Billayuso, para que en mi nonbre y representando mi propia persona, derechos y aziones, pueda parezer ante la xusticia ordinaria deste dicho balle, que en la causa conoze y demás tribunales superiores, asta el de la real persona, presentando memoriales, pedimentos, testigos, provanzas y quanto sea conduzente a mi derecho, en prosecuzión de la referida acusazión criminal, tache y contradiga quanto de contrario se presentare, recuse juez, escribanos, abogados y demás que conbenga y las jure por ser de malicia y se aparte de ello y si biere conbenirle, oyga autos y sentencias ynterlocutorias definitibas, consienta lo faborable y de lo azberso apele o suplique, siga las apelaziones o suplicaziones en tribunal conpetente, gane riales probisiones, sobre cartas, requiera a las personas que se derijan y finalmente, aga quantas dilixencias judiciales, extrajudiciales, sean nezesarias y yo aría y azer podría, presente siendo, asta lograr sentencia a mi favor y castigo de los reos, pues el poder que para ello, lo anejo y dependiente se requiere, ese mismo doy al citado Manuel Sáiz mi primo, sin limitazión en cosa alguna, con todas sus incidencias y dependencias, anexidades, conexidades, libre, franca y xudicial azministrazión, relebazión y obligazión de costas en forma y con cláusula de que le pueda sustituir, en quién y quantas personas le pareciere bocar y crear otras de nuevo y a lo guardar y cunplir me obligo con mi persona y bienes, [presentes y futuros, doy poder a las justicias] conpetentes, a que a ello me apremien por todo rigor de derecho, renuncio todas las leyes, fueros y derechos a mi fabor, con la xeneral en forma, así lo otorgo en este citado lugar de Billayuso a quinze de mayo de mil setecientos y ochenta y ocho, siendo testigos Antonio Sáiz, Antonio González becino deste citado pueblo y Francisco de Tezanos natural del propio pueblo y el otorgante, a quien yo el escribano doy fee conozco, lo firmó. Manuel Sáiz de Quixano. Ante mí Pedro de Tezanos.
Puede ser casual que la pelea ocurriese la noche del 23 de enero, pero me hago la siguiente pregunta ¿Sería la causa de la pelea alguna zaragata ocurrida el día de San Sebastián, tres días antes, en Villasuso? No lo he podido saber, pero es posible.
Aquí volvemos a ver a la juventud de ambos lugares enzarzados en una pelea y, como siempre, los vecinos de Villayuso llevan la peor parte.
¿Será verdad que los vecinos de Villasuso eran más brutos?
Autor del trabajo: Francisco Javier Polanco Muñoz.
Apuntes históricos del Valle de Cieza.
Es mi deseo comenzar una fructífera colaboración con Daniel Díaz Cobo, y en este blog creado por él, rescatar del olvido una parte de la historia de Cieza, historia que como otros pueblos, también tiene el pueblo donde comencé a ir a la escuela y aprendí mis primeras letras. Cieza tiene una historia de varios siglos de andadura, comenzada a finales de la Alta Edad Media, antes del año 1000.
Francisco Javier Polanco Muñoz.
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