Valor de dos novillos y otros recursos
económicos de los vecinos de Cieza.
No cabe
duda que los vecinos de Cieza se dedicaban a la agricultura y ganadería, pero
también obtenían sus recursos económicos de otras variadas actividades.
Hace pocos
días les hablé de una de las actividades económicas de las que se valían los
vecinos de Villayuso. Era la fabricación de carbón vegetal.
Hoy les
hablaré de otra actividad económica a la que también recurrían los vecinos de
Cieza. Era la fabricación y venta de aperos agrícolas.
Por esta
escritura, otorgada el 29 de diciembre de 1778, podemos saber el valor de un
par de novillos de casi 5 años que eran "colorados
y corvos". El valor de los dos novillos fue de 510 reales de vellón.
Se los vendió Damián Fernández Mediavilla, vecino de Villasuso y alcalde de
Cieza durante este año, a Félix Gutiérrez vecino de Villayuso.
Félix le
entregó 200 reales de vellón a Damián y para pagar el resto hasta los 510
reales, se compromete a entregarle 24 docenas de palas, de un pie (1) de ancho, para el "viaje de San Juan" del año
1779. Para cada docena de palas fue fijado un valor de 14 reales de vellón.
Esto significa que Félix se dedicaba a la fabricación de palas y según se
desprende de la escritura, Damián las vendía en algún lugar, que no dice la
escritura.
Normalmente
en aquellos tiempos, los artesanos de aperos agrícolas vecinos de Cabuérniga,
iban a venderlos en Castilla y por ello pienso que el viaje que realizase
Damián Fernández, por San Juan, podría ser también a Castilla.
Los
novillos quedaban en poder de Félix pero hipotecados, de tal manera que no
podía venderlos ni cambiarlos hasta que no quedase saldada la deuda. La deuda
se debía saldar cuando Félix entregase las palas a Damián y se debían ajustar
las cuentas y quien menos valor de los dos hubiese entregado, debería pagar la
diferencia.
Según la
cláusula anterior, debería ser Damián quien pagase a Félix 26 reales de vellón,
diferencia del valor entre las 24 docenas de palas, que tenían un valor de 336
reales de vellón que sumado a los 200 reales entregados, hacían un total de 536
reales. Y como los novillos tenían un valor de 510 reales, de ahí la diferencia
que Damián debería pagar a Félix.
Por tanto,
los vecinos de Cieza también se dedicaban a la fabricación de aperos agrícolas
de madera, aprovechando la madera de sus montes y la venta de estos aperos muy
posiblemente en Castilla.
Fuente
documental manuscrita:
Documento
original depositado en el Archivo Histórico Provincial de Cantabria. Protocolos
notariales de Pedro de Tezanos, escribano y notario del Valle de Cieza.
Signatura:
Legajo 5.632. Cuadernillo 11. Documento nº 38.
Documento:
Diziembre 29
Veinte maravedís. Sello qvarto, veinte
maravedís, año de mil setecientos y setenta y ocho.
En el lugar de Villayuso de este balle de
Zieza, a veinte y nuebe días de el mes de diziembre de mil setezientos setenta
y ocho, ante mí el escribano y testigos parezió Félis Gutiérrez, vezino de
dicho pueblo y dijo:
Está deviendo a don Damián Fernández, vezino de
Villasuso y alcalde de este balle de Zieza, es a saber, quinientos y diez
reales vellón, prozedidos de el valor de un par de nobillos que le a conprado y
tiene el conpareziente en su poder, sobre que se da por entregado contento y
satisfecho de ellos, sin que le quede recurso a mal engaño y para en pago le a
de dar y entregar en el presente mes, doszientos reales vellón y para
satisfazer el resto se obliga dicho Félis, a dar y entregar a dicho don Damián
Fernández para ir a el viaje de San Juan próximo de el año que viene de mil
setezientos setenta y nuebe, veinte y quatro dozenas de palas, y el ancho de
cada una no a de vajar de un pie y el prezio de cada una dozena, conpuestas
como aquí se estila, an de ser catorze reales y entregadas que sean, se a de
ajustar la quenta y pagar el que de ella resulte a dever, y los zitados
novillos conprados que son colorados y corvos, su edad zinco años a el mayo más
próximo que viene, quedan espresamente ypotecados a el seguro de la deuda
referida, sin que se puedan vender, canvear, ni en manera alguna enajenar y la
venta o enajenazión que se yziere, sea nula y de ningún valor, no estando la
referida deuda enteramente satisfecha y a lo guardar y cunplir se obligó con su
persona y vienes, presentes y futuros, dio poder a las xustizias de Su Majestad
conpetentes, a que a ello le apremien como por sentenzia difinitiba de juez
conpetente, pasada en autoridad de cosa juzgada, renunzió todas las leyes
fueros y derechos a su favor, con la xeneral en forma.
Así lo otorgó siendo testigos Diego Guerra,
Pedro Manuel de Thezanos y Manuel Fernández Vela, vezino el primero y el
segundo natural, de este zitado lugar y el último, de el de Villasuso y el
otorgante, a quien yo el escribano doi fee conozco, lo firmó y firmé en su fee
y la doi de aver prevenido a la parte que vendió, tome la razón en el ofizio de
ypotecas en el término que previene la Real Pracmática.
Félis Gutiérrez de Quijano. Ante mí, Pedro de
Tezanos.
Estos novillos, que tenían en el momento de la venta algo más de cuatro
años y medio, aún no se habían convertido en bueyes y con esa edad hoy día, si
no están castrados, ya no se considerarían novillos sino toros.
De todas maneras, el valor de los dos novillos fue bastante inferior al
precio medio de un par de bueyes en aquellos tiempos. En el próximo artículo
les hablaré del precio de un par de bueyes en Cieza entre los años 1779 y 1804.
Nota:
(1) Pie: La medida de un pie
oscilaba de unos 27 a 33 cm, pero en la provincia de Santander, cuando en 1860
se comenzó a aplicar el sistema métrico decimal era = 0,279 m. que era la
tercera parte de una Vara y ésta
tenía = 0,836 m.
Autor del
trabajo: Francisco Javier Polanco Muñoz.

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